viernes, 12 de julio de 2019

10 RESPUESTAS SOBRE EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

A continuación, responderemos diez interrogantes sobre el tema en cuestión.-
1.- ¿QUÉ ES EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA? Es el derecho de los ciudadanos y ciudadanas consistente en la posibilidad de tomar conocimiento de los actos de gobierno y de la documentación que apoya esos actos.-
2.- ¿EN QUÉ SE FUNDA? En una de las características principales del sistema republicano: la publicidad de los actos de gobierno y la transparencia de la Administración.-
3.- ¿PARA QUÉ SIRVE ESTE DERECHO? Para conocer e informarse acerca de los actos del gobierno. Por ejemplo, consultar los requisitos necesarios para obtener un beneficio social, o saber cómo se administra y gasta el presupuesto público, o qué servicios gratuitos provee el Estado, o cuánto gana un funcionario o empleado público, etc. La información puede, asimismo, ser utilizada como instrumento de control del gobierno. En estos casos, distintas personas u organizaciones pueden solicitar información que sea necesaria para desarrollar su trabajo o implementar sus programas.
4.- ¿POR QUÉ EL GOBIERNO DEBE RESPONDER A NUESTROS PEDIDOS? Porque la información que el Estado posee y produce pertenece a la comunidad, y son los ciudadanos y ciudadanas quienes deben controlar y evaluar las decisiones que los funcionarios adoptan. Si las personas cuentan con esta información, estarán mejor preparadas para juzgar y exigir razones acerca de las decisiones adoptadas por el gobierno.-
Las leyes. decretos y ordenanzas de acceso a la información proveen reglas claras y plazos razonables que facilitan a las personas la obtención de información que tiene el Estado, y limitan posibles negativas o evasivas a la obligación de brindarla.-
5.- ¿CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS SOBRE LOS CUALES SE BASA? Algunos de ellos son:
- Máxima divulgación: Toda la información del Estado debe ser accesible para todas las personas.-
- Presunción de publicidad: Salvo las excepciones previstas por la Ley, toda la información en poder del Estado se presume pública.-
- Transparencia: El acceso a la información pública solo puede limitarse legalmente con la justificación de la protección de intereses democráticos y republicanos.-
- Gratuidad: El acceso a la información debe ser gratuito.-
- Informalismo: Los representantes del Estado no pueden fundar el rechazo de la solicitud de información en el incumplimiento de requisitos formales o de reglas de procedimiento.-
- Máximo acceso: La información debe publicarse de forma completa, con el mayor nivel de desagregación posible y por la mayor cantidad de medios disponibles.-
- Responsabilidad: Quien viole este derecho debe ser responsable y estar sujeto a sanciones.-
- Máxima premura: La información debe ser publicada con la máxima celeridad y en tiempos compatibles con la preservación de su valor.-
- No discriminación: Se debe entregar información a todas las personas que lo soliciten, en condiciones de igualdad, excluyendo cualquier forma de discriminación y sin exigir expresión de causa o motivo para la solicitud.-
- Control: Las resoluciones que denieguen solicitudes de acceso a la información, como el silencio del sujeto obligado requerido, la ambigüedad o la inexactitud de su repuesta, podrán ser recurridas ante el órgano competente.-
- Facilitación: Ninguna autoridad pública puede negarse a indicar si un documento obra, o no, en su poder o negar la divulgación de un documento, salvo que el daño causado al interés protegido sea mayor al interés público de obtener la información.-
6.- ¿ESTÁ GARANTIZADO POR LA LEY? El derecho de acceso a la información pública está amparado por la Constitución Nacional [1] y los tratados internacionales [2]. A nivel nacional está regulado por la Ley N° 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública, promulgada recientemente. En virtud del sistema federal, cada Provincia dicta su propia normativa para regular el ejercicio de este derecho dentro de su jurisdicción. Algunas adhieren a la Ley Nacional —la misma invita a las provincias a adherirse—, mientras que otras tienen sus propias leyes, decretos o resoluciones.-
7.- ¿ESTÁ GARANTIZADO EN LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS? La Provincia de Entre Ríos reguló el derecho al acceso a la información pública mediante el Decreto Nº 1.169/05, el cual es de aplicación en el ámbito de la Administración Pública —provincial— centralizada y descentralizada, entes autárquicos, empresas del Estado, sociedades con participación estatal y todo ente público.-
Por su parte, la Constitución de la Provincia de Entre Ríos (2008), en su Art. 13, reconoce “(…) el derecho al acceso informal y gratuito a la información pública, completa, veraz, adecuada y oportuna, que estuviera en poder de cualquiera de los poderes u órganos, entes o empresas del Estado, municipios (…)” Y dispone, que “La información será recopilada en el medio de almacenamiento de datos de acceso más universal que permita la tecnología disponible (…)”.-
Finalmente, La Ley Orgánica de Municipios de Entre Ríos (N° 10.027) —en su Art. 108, Inc. ll)— establece que el Presidente Municipal debe “(…) publicar en la gaceta o boletín informativo municipal en el cual se transcribirán en forma textual todo los dispositivos legales que dicte el Municipio: ordenanzas, decretos y resoluciones. En este último caso no serán obligatorias para aquellas que signifiquen temas relacionados con el área social resguardando la privacidad de las personas. Asimismo, deberá publicar en forma mensual, el estado de los ingresos y gastos con cuadro de disponibilidad y un balance sintético de ejecución del presupuesto”.-
8.- ¿POR QUÉ ES NECESARIA SU REGLAMENTACIÓN? Porque al no estar debidamente reglamentado el derecho de acceso a la información pública en ciertos Estados, el cumplimiento de la manda constitucional —por parte de estos— es arbitrario y parcial. Por ejemplo, al no existir la regulación pertinente, ante un eventual pedido de informes efectuado por un particular, los representantes de un municipio podrían tomarse la totalidad de plazos extensamente irrisorios (léase "el tiempo que quisieran") para contestar o, incluso, exigir una justificación —innecesaria— que motiva el pedido o el cumplimiento excesivo de requisitos de rigor formal.-
No obstante la consagración constitucional del derecho al acceso a la información pública, ciertas provincias, municipios, universidades estatales, etc., han omitido sancionar una regulación eficaz de este derecho, en virtud de la cual se establezcan —concretamente— plazos breves, reglas y excepciones, que faciliten a los ciudadanos y ciudadanas la obtención de la información pública.-
En nuestro país, las provincias, los municipios y las universidades estatales son autónomas; esto quiere decir que están facultadas para establecer una normativa específica que regule el procedimiento administrativo u otros aspectos que atañen a su régimen jurídico.-
En tal sentido, —sin entrar en discusiones sobre aspectos constitucionales— la ausencia de una reglamentación termina desnaturalizando el derecho de acceso a la información pública y, en efecto, pareciera ser que las leyes consagratorias del derecho en cuestión se tornan meramente declarativas y/o programáticas. Para terminar de comprender lo anterior, es menester efectuar la siguiente clasificación de las normas jurídicas: pareciera
A) OPERATIVAS: Son las normas que, para ser aplicadas, no precisan ser reglamentadas ni estar condicionadas por otro acto normativo. Se incorporan directamente a nuestro ordenamiento y son incondicionadas respecto de su aplicación; en otras palabras, son aplicables directamente por los órganos jurisdiccionales, como establecen los derechos individuales.-
B) PROGRAMÁTICAS: Son las normas que tienen sujeta su eficacia a la condición de ser reglamentadas o a que se dicte un acto para su aplicación a tal efecto; están dirigidas a los órganos públicos, como programa de acción o directivas de actuación. Las normas programáticas requieren de una Ley, Decreto u Ordenanza que disponga cómo se van a utilizar.-
9.- ¿ESTÁ GARANTIZADO EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA EN LA CIUDAD DE URDINARRAIN? Pese a que varios Proyectos de Ordenanza fueron presentados durante los últimos años por ediles de la oposición, todos ellos fueron desechados por los concejales del partido —hasta la actualidad— gobernante.-
Hasta la fecha, el acceso a la información pública no está regulado y, por lo tanto, no está garantizado en la ciudad de Urdinarrain, constituyendo en una deuda —de varios años— por parte del Municipio hacia los ciudadanos y ciudadanas.-
Si bien la actual gestión de gobierno, a través de la página web de la Municipalidad de Urdinarrain, da a conocer un gran volumen de información, existe una multiplicidad de datos que la ciudadanía ignora porque, sin motivo alguno, la Administración omite informar. Por poner algunos ejemplos: el Boletín Oficial está incompleto y desactualizado; la búsqueda de proveedores del Estado municipal no se encuentra disponible; la información presupuestaria y salarial se encuentra incompleta, etc.-
Por todo lo expuesto, entendemos que la noción que la actual gestión municipal tiene sobre “Gobierno Abierto” es inexacta, y que la imagen de “transparencia” que desde el Municipio de Urdinarrain se intenta instalar —en los vecinos y vecinas de la localidad— es, cuanto menos, muy cuestionable. Demás está decir que todo ello será objeto de un análisis más exhaustivo en una futura publicación de este blog.-
10.- ¿QUÉ DEBE CONTENER MÍNIMAMENTE LA REGLAMENTACIÓN? La Ley, Decreto u Ordenanza que reglamente el acceso a la información pública debe contener premisas básicas que fundamenten y garanticen este derecho fundamental. Entre ellas:
[1] Reconocer los principios expuestos en el Punto 5. V. gr: consagrar que todas las personas tienen derecho a recibir información pública sin distinción de raza, edad, nacionalidad, sexo, religión, opinión, ni de ninguna otra índole; que quienes solicitan la información pública no deban expresar ni justificar por qué lo hacen; que sea por escrito y sin ninguna otra formalidad; etc.-
[2] Establecer un plazo mínimo de respuesta por parte de la Administración, tanto para la entrega como para la habilitación de las distintas vías de reclamo.-
[3] Especificar claramente en su contenido cuáles son las situaciones de excepción para brindar la información solicitada.-
[4] Regular el procedimiento a seguir en caso de que la petición sea rechazada por la Administración o esta haga silencio ante el pedido.-
[5] Disponer que sea un órgano superior o la justicia contencioso administrativa, la que decida las controversias que puedan surgir entre los solicitantes y el Estado ante una denegación del pedido.-



[1] Nuestra Constitución Nacional habla del acceso a la información pública solo cuando refiere a los partidos políticos, en el Art. 38, a quienes les garantiza dicho derecho.-
[2] Tanto la Declaración Universal de los Derechos Humanos (v. 1948) —en su Art. 19— como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (v. 1976) —en su Art. 19, Inc. 2— han consagrado el derecho de toda persona a recibir información. Por su parte, la Convención Americana sobre Derechos Humanos (v. 1978) reconoce —en su Art. 13— el derecho de todo individuo a "buscar, recibir y difundir información (...) de toda índole [...]", imponiendo de esta forma a los distintos Estados la obligación de garantizarlo.-

sábado, 1 de junio de 2019

URDINARRAIN: LAS CLAVES DEL PROYECTO ORDENANZA SOBRE LA LEY MICAELA

En los próximos días se presentará, mediante el mecanismo de iniciativa popular, un Proyecto de Ordenanza para que nuestro Municipio de Urdinarrain, a través del Honorable Concejo Deliberante, adhiera a la LEY MICAELA DE CAPACITACIÓN OBLIGATORIA EN GÉNERO (Ley Nacional N° 27.499). A continuación, se responderán las principales inquietudes de esta iniciativa ciudadana.
1. ¿Qué es la iniciativa popular?
Es un mecanismo democrático a través del cual las personas pueden presentar proyectos de Ley u Ordenanzas sin ser legisladores o concejales, debiendo cumplimentar una serie de requisitos.
En Entre Ríos se exige el aval del tres por ciento (3 %) de los ciudadanos con derecho a voto, inscriptos en el último padrón electoral del Municipio.
En Urdinarrain el padrón está compuesto actualmente por 8.259 personas. En este sentido, son necesarias 248 firmas para presentar un Proyecto de Ordenanza a través del mecanismo de iniciativa popular.
Este aval consiste en completar los datos (nombre, apellido, domicilio y D.N.I.) y suscribir una planilla que se encuentra en el Juzgado de Paz de Urdinarrain.
2. ¿Cuántas veces se presentó una Iniciativa Popular en nuestra ciudad?
La primera vez en la historia de la ciudad de Urdinarrain en que se presente una iniciativa popular será con el objetivo que nuestra Municipalidad adhiera a la Ley Micaela; a los efectos que todas las personas que se desempeñan en la función pública en todos sus niveles y jerarquías de este Municipio reciban capacitaciones en temas de género y violencia contra las mujeres.
3. Ante la presentación de la Iniciativa Popular, ¿cómo deben proceder nuestros representantes?
De conformidad con el Art. 163 de la Ley Provincial Orgánica de Municipios (N° 10.027), una vez presentada la Iniciativa Popular, la autoridad municipal debe brindarle inmediata publicidad. Asimismo, el Proyecto de Ordenanza presentado debe ser anunciado en la primera sesión ordinaria del Honorable Concejo Deliberante que se realice. Posteriormente, el Proyecto de Ordenanza pasa, sin más trámite, a la comisión correspondiente. El Concejo Deliberante tiene un plazo de seis (6) meses contados a partir de la presentación formal para darle tratamiento al Proyecto.
4. ¿En qué consiste la Ley Micaela?
La Ley Micaela exige que todas las personas que trabajan en los tres poderes del Estado Nacional reciban capacitaciones permanentes en temas de género y violencia contra las mujeres.
Su objetivo es capacitar y sensibilizar a quienes integran los diferentes estamentos del Estado a los fines de dar cumplimiento a un deber que asumió nuestro país al firmar la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
La Ley se llama Micaela por Micaela García, una joven de 21 años que fue asesinada en Gualeguay (Entre Ríos) por un hombre que tenía antecedentes penales por violación.
5. ¿Cómo se llevan adelante las capacitaciones?
Los organismos públicos pueden hacer adaptaciones de materiales o programas existentes o desarrollar un programa propio. Deben cumplir la normativa, las recomendaciones y otras disposiciones de los organismos que controlan el cumplimiento de las convenciones internacionales sobre género y violencia contra las mujeres firmadas por Argentina.
El Instituto Nacional de las Mujeres debe certificar la calidad de las capacitaciones que elabore cada organismo.
Dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia de la Ley, los organismos deben enviar al Instituto Nacional de las Mujeres su plan de capacitación. El Instituto Nacional de las Mujeres puede hacer modificaciones y sugerencias sobre los respectivos programas.
Finalmente, si un organismo no tiene un programa para cumplir con las capacitaciones debe utilizar aquellos que sean diseñados por el Instituto Nacional de las Mujeres.
6. ¿Qué alcance tiene la Ley Micaela?
La Ley Nacional N° 27.499 prevé la capacitación en los tres poderes del Estado nacional (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), pudiendo las provincias y los municipios adherir, sancionando sus respectivas normas jurídicas.
Esto se debe a que las Provincias son autónomas, no soberanas; pueden adherir o no, ya que conservan todo el poder no delegado mediante la Constitución Nacional al Gobierno Federal.
Los Municipios de la Provincia de Entre Ríos también son autónomos. Pueden adherir a la Ley referida mediante una Ordenanza, para que todas las personas que se desempeñan en la función pública en todos sus niveles y jerarquías del Municipio se capaciten obligatoriamente en género.
7. ¿Por qué es necesario que nuestro Municipio de Urdinarrain adhiera a la Ley Micaela?
Nuestro país ha dado un salto de calidad en materia legislativa al sancionar la Ley Micaela. Si bien el Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos ha comenzado con las capacitaciones en materia de género y violencia contra la mujer, lo cierto es que la legislatura de nuestra Provincia aún no ha sancionado ninguna norma al respecto, lo cual es cuestionable si se compara con las experiencias de otras provincias que sí lo han hecho, y no olvidando que el caso Micaela García sucedió en Entre Ríos.
En Argentina las cifras y estadísticas sobre violencia de género son alarmantes. Lamentablemente, Urdinarrain no está ajena a este flagelo. El Estado Municipal no ha elaborado una base de datos sobre esta problemática a fin de definir políticas públicas serias a largo plazo; sin embargo, es responsabilidad y competencia del Municipio dar cumplimiento a los tratados que Argentina ratificó y también al Art. 17 de la Constitución de Entre Ríos, el cual reza: “…Una política de Estado prevendrá en forma continua todo tipo de violencia y dispondrá acciones positivas para corregir cualquier desigualdad de género…”.
Un detalle no menor es que la aplicación de estas políticas de prevención que, entre otras cosas, generen capacitaciones constantes para resolver y contribuir a reducir la problemática de violencia de género en todos los ámbitos de la ciudad no puede ser resuelta desde el Área de Niñez, Adolescencia y Familia (A.N.A.F.), ya que excede la competencia de dicha oficina.
En tal sentido, sería propicio que en Urdinarrain exista un Área de la Mujer, que además de brindar asistencia integral en situaciones de violencias de género o discriminación, acompañamiento, asesoramiento jurídico y psicológico gratuito y especializado, sea la encargada de llevar adelante las capacitaciones correspondientes, siempre con la certificación de la calidad de las mismas por el organismo competente. Para la creación del Área de la Mujer, al igual que con la adhesión a la Ley Micaela, es menester la voluntad política.
Es necesario entender que la única forma de mejorar la realidad es asumiendo el compromiso con esta clase de iniciativas; más aún, cuando no todos nuestros representantes le dan relevancia a estas problemáticas. Por ello, te invitamos a ser parte de este Proyecto de adhesión a la Ley Micaela, completando tus datos en el Juzgado de Paz de Urdinarrain, de lunes a viernes, de 7 a 13 hs.-
Atte. Prof. Mónica D. Feyt.-
«Si vos o alguien que conoces vive alguna situación de violencia, llama gratis al 144 o busca algún centro de atención cercano»

jueves, 2 de mayo de 2019

DE URDINARRAIN AL ATLÁNTICO SUR

Hoy 2 de mayo, se conmemoran 37 años del hundimiento del crucero argentino "ARA General Belgrano", en la Guerra de Malvinas.
Humberto Ochoa
Era una de las naves más importantes de la Armada Argentina, con sus 13.470 toneladas, y el tercer buque en desplazamiento, mientras que la potencia de su artillería difícilmente podía ser igualada.
En esta embarcación, prestó servicios un hijo de nuestra ciudad: Humberto Ochoa, que nació en 1951.  Es el mayor de siete hermanos, la mayoría de los cuales viven con sus familias en Urdinarrain. Asistió a la escuela “Infantil”, después a la “Caseros” e hizo hasta tercer año en el Colegio Nacional, para terminar en el ´68 en Gualeguaychú.
Un año después, ingresó en la Armada Argentina y fue forjando una carrera, en la cual pasó por varios destinos. La guerra lo sorprendió prestando servicios en el Belgrano, como Oficial de Abastecimientos y Servicios (era Teniente de Navío).
El protagonista de la historia, hacia 1972
A más de un cuarto de siglo, amablemente nos recibió en su departamento de Buenos Aires, y accedió a contarnos cómo fueron aquellas horas tan terribles.
“Me enteré de la guerra a través de la radio y después nos llegó el comunicado oficial. Ese día (2 de mayo), en horas de la mañana, ya fuera de la zona de exclusión  y cerca de la Isla de los Estados, el primer torpedo pegó hacia la popa e inutilizó el sistema eléctrico."
De la explosión, nos cuenta esto: “(…) Lo que más recuerdo es el fuerte olor a azufre, un olor impresionante y enseguida quedó todo sin luz. Entonces, con otros compañeros con los que nos reconocimos las voces, empezamos a guiar a la gente hacia cubierta. Cada uno tenía una misión que cumplir: sacar los heridos, preparar las balsas, etc. Junto a otros oficiales, me quedé un tiempo más. Y, cuando el agua ya estaba a la altura de la borda, salté a la primera balsa que vi”.-
Una vez en las balsas, en medio de un mar embravecido, existía el peligro de que el buque al hundirse los succionara, pero esto no ocurrió e incluso utilizaron una manta como vela para evitarlo.
El hundimiento
“Sabíamos que, a los que habían caído al agua, el frío les daba un margen de cuatro minutos antes de morir de hipotermia; por eso, el trabajo en las balsas fue intenso para reanimar a los heridos y los que rescatamos de las aguas”.
Alrededor de 36 horas después, fueron salvados por el crucero Piedrabuena.
Agradece a Dios que pudo continuar su vida normal, junto a su esposa y sus tres hijas, Ma. Emilia, Ma. Eugenia y Ma. Elena. Siguió estudiando: hoy es analista de sistemas. Se retiró de las fuerzas en 2004, aunque continúa trabajando como contratado.
Considera que las 36 horas que pasó en la balsa, el hecho de ser uno de los 770 sobrevivientes del Belgrano, la ayuda brindada a sus compañeros no lo transforman en un héroe, porque está convencido de que no hizo más que cumplir con su deber. Confiesa que le molesta un poco la indiferencia de la gente y también la actitud de la prensa sensacionalista.
Colaboración: Mónica Feyt y Ariel Martínez



martes, 9 de abril de 2019

CÓMO SE DISTRIBUYEN LAS BANCAS EN URDINARRAIN

La falta de conocimiento sobre cuestiones electorales provoca, cada cuatro años, desinformación en la opinión pública y en cierto sector periodístico que tiende a influir a aquella. En esta nota se le explicará al lector cómo son distribuidas las bancas del Concejo Deliberante en la Ciudad de Urdinarrain, según la Ley electoral entrerriana.-
Por empezar, se aclara que no se aplica el sistema D’Hont, sino que se trata de un método muy particular, que le garantiza mayoría automática al Partido Político que gana la elección. El sistema de distribución de bancas en el Concejo Deliberante, el cual se rige por los Arts. 91 y 236 de la Constitución Provincial y por la Ley provincial N° 2.988 de 1934, en sus Arts. 114 y 115, se caracteriza por dos principales particularidades:
1) Se le asegura mayoría absoluta (mitad más uno) en el recinto del H.C.D. al Partido que obtiene mayor cantidad votos.-
2) El recuento incluye los votos en blanco para establecer el piso que cada Partido necesita para acceder a un cargo, al que la Ley provincial llama “cuociente electoral”.
Para que se comprenda el sistema, vamos a detallarlo, paso por paso.
PRIMER PASO: EL PARTIDO QUE NO LLEGA AL PRIMER “CUOCIENTE” NO ACCEDE A NINGUNA BANCA
Se suman todos los votos emitidos en las ELECCIONES DEFINITIVAS, inclusive los votos en blanco, y se dividen por el número de bancas a ocupar (en el caso urdinarraiense son 11). El resultado es lo que la Ley llama el “cuociente electoral” y determina qué Partidos tienen “derecho a representación”. Aunque sea por un voto, quienes no llegan a ese “cuociente”, quedan excluidos del Concejo Deliberante.
Para conocer el “cuociente” debemos sumar el 100 % de los votos emitidos y dividirlo por 11 cargos; el resultado es nueve (100 / 11 = 9). En otras palabras: ningún Partido que obtenga menos de 9 % de los votos emitidos (incluidos votos en blanco) podrá ingresar al Concejo Deliberante.-
Por ejemplo, si en las Elecciones Definitivas votaran —en Urdinarrain— 7.500 personas (aproximadamente, el 90 % del padrón), ningún Partido que obtenga menos de 682 votos en la categoría de Concejales podrá ingresar al Concejo Deliberante.-
SEGUNDO PASO: SE OBTIENE EL SEGUNDO “CUOCIENTE”
Ya se sabe que estarán en el Concejo los Partidos que superaron el primer “cuociente”. Ahora, en este segundo paso deben sumarse los votos obtenidos por los Partidos que excedieron ese piso, y ese total se vuelve a dividir por el número de bancas. Ese es el segundo “cuociente”.
Veamos un ejemplo:
·       El “Frente Demócrata” obtuvo 3.400 votos / 11 = 309,09
·       La “Alianza y Lealtad” obtuvo 2.700 votos / 11 = 245,45
·       La “Coalición Perno” obtuvo 1.200 votos / 11 = 109,09
·       Hubo 200 votos en blanco
·       Total de votos emitidos: 7.500 / 11 = 681,81
TERCER PASO: LA DISTRIBUCIÓN DE LAS BANCAS
En este tercer paso se divide el número de votos que tuvo cada Partido por el segundo “cuociente”. Cada resultado indica el número de bancas que le corresponde a cada Partido. Claro que incluirá decimales y las cifras enteras no ocuparán todas las bancas, porque hubo votos que quedaron afuera (los de los Partidos que no llegaron al primer “cuociente”).
Al respecto, el Art. 114, Inc. C) de la Ley provincial N° 2.988 aclara, que: “Las bancas sobrantes se adjudicarán a las listas que hayan obtenido mayor residuo, no correspondiéndole por este concepto más de una a cada partido”. (Mayor “residuo”, es decir, mayor cifra en decimales).
Siguiendo el ejemplo anterior:
·       Segundo cuociente del “Frente Demócrata”: 4,98
·       Segundo cuociente de la “Alianza y Lealtad”: 3,96
·       Segundo cuociente de la “Coalición Perno”: 1,76
CUARTO PASO: GARANTÍA DE MAYORÍA AUTOMÁTICA
En el caso que el Partido ganador no haya logrado la mayoría «se procederá a adjudicar a éste dicha mayoría y el resto de las bancas al/los Partido/s de la/s minoría/s» de acuerdo a las reglas anteriores, solo que en lugar de sumar todos los votos obtenidos, se suman solo los de los Partidos minoritarios, y se dividen por las bancas que les corresponde a los mismos: en el caso de Urdinarrain, cinco (5) bancas. A esto la Ley le llama “cuociente de las minorías”.
Siguiendo los ejemplos anteriores:
·       Frente Demócrata: 6 bancas en el Concejo (garantía de la mayoría absoluta)
Total de votos de las minorías: 2.700 + 1.200 = 3.900
Cuocientede las minorías: 780 (3.900 / 5 bancas = 780)
·       Alianza y Lealtad: 3 bancas (2.700 / 780 = 3,46)
·       Coalición Perno: 2 bancas (1.200 / 780 = 1,53)
FALENCIAS DEL SISTEMA
Este sistema, incorporado en los años ‘30, tiene varias falencias pero sigue vigente porque en 2008, cuando se reformó la Constitución provincial, los Convencionales Constituyentes decidieron mantenerlo. Algunas de sus consecuencias más dañinas para la democracia, son: la distorsión en la representación (las fuerzas que ganan, aunque no tengan mayoría, tienen una sobrerrepresentación. Así, por ejemplo, en Concepción del Uruguay, el PJ que en 2011 tuvo el 44 % de los votos obtuvo el 70 % de las bancas).
Otra falencia es que al asegurarle mayoría a quien gana, acostumbra a los oficialismos a gobernar sin controles y sin oposición. Además, es un sistema incoherente con el derecho a cortar boleta: si se propone asegurar la “gobernabilidad” ¿qué sentido tiene permitir el corte entre intendente y sus concejales?
En varias ciudades de Entre Ríos (v. gr.: Colón 2007-2011) ha sucedido que en la categoría concejales triunfó una fuerza y en el Ejecutivo otra, y éste se vio obligado a gobernar con un legislativo opositor. ¿En qué queda entonces la “gobernabilidad”?
Por otro lado, se excluye a gran parte de los votos válidos: eso pasa cuando varias fuerzas menores quedan al borde del “cuociente”, tal como ha ocurrido varias veces en distintas ciudades.
Finalmente, el voto en blanco juega a favor del que gana. Al tenerse en cuenta el voto en blanco para determinar el primer “cuociente”, juega a favor de quien gana la elección; un dato que pocos votantes suelen tener en cuenta.

Pero más allá de todas las críticas, este es el sistema vigente. Conviene conocerlo para no desinformar o informar deficientemente. Procuramos haber contribuido a que el lector conozca mejor las reglas de nuestro sistema democrático.

martes, 2 de abril de 2019

POR ELLAS YO DÍ LA VIDA

Raúl Alberto Correa es uno de los tantos entrerrianos que, después de cerrar una etapa de su vida decide volver a Urdinarrain, donde piensa quedarse para siempre. Pero la historia de este hombre, que nació en 1962 en Gilbert, que cursó hasta 4º grado en la escuela Caseros, no es de las más comunes entre nosotros. La guerra de Malvinas lo marcó para siempre y el es, por sus tatuajes, por su pared llena de recuerdos, por su forma de vestir, de hablar y sentir, un “Veterano de Malvinas”.
Alberto, como lo llaman desde que era aquel gurisito que vivía en el barrio “Jesús Obrero”, emigró a los diez años a Buenos Aires con su familia y en marzo del 82’ recién había salido de la colimba. Se enteró de la toma de las islas por la radio y fue sorprendido con el llamado que le indicaba que debía presentarse en el Regimiento 10 de Palermo, el 4 de Abril. Cuatro días después, vestido con el uniforme de combate y con equipo completo, bajaba de un Hércules junto con sus compañeros en suelo malvinense.
Como todos sus camaradas, reconoce que no tenían ni idea de lo que era la guerra y que solo el día que empezó el ataque a Puerto Argentino tomaron conciencia de lo que pasaba. Su compañía estaba destinada a la defensa de una línea que iba desde el aeropuerto hasta el Royal Marine y nos cuenta que en las primeras semanas todo transcurrió con normalidad, que les daban comida e incluso cigarrillos, pero que una vez que empezaron los combates esto se terminó.
Dentro de la trinchera, que compartió con cinco soldados y un suboficial debían ingeniársela para comer y sobrevivir al clima lluvioso y húmedo, con nevadas y temperaturas de hasta 15º bajo cero.Y así por ejemplo, tuvieron que poner maderas en el piso porque el agua brotaba sin cesar, aunque la ropa pronto dejó de ser una preocupación: él y sus compañeros estuvieron 76 días con el mismo uniforme.
La noche del 1º de Mayo, mientras estaba de guardia un oficial le informó que se preveía un ataque entre las 3 y las 5, por lo que recorrió la línea informando la novedad. Se ríe cuando recuerda que la mayoría siguió durmiendo, hasta que el ruido del Sea Harrier que bombardeó el aeropuerto y fue derribado los trajo a la terrible realidad. Confiesa que lo peor que pasaron fue el bombardeo naval y entonces imita el ruido lejano de la artillería que lanzaba veinte proyectiles por minuto, y segundos después el silbido infernal y las explosiones que sembraban la muerte cuando caían sobre las trincheras.


Son innumerables las anécdotas de lo que vivió en la guerra, algunas de las cuales ilustran el sufrimiento y la improvisación a la que fueron sometidos. Y el tema de la comida fue tal vez lo más significativo, porque él había ayudado a descargar las mercaderías que enviaron desde el continente, de las cuales no recibían casi nada. En una recorrida encontraron un depósito de los kelpers donde había muchas cajas cuyo contenido desconocían porque estaban en inglés y entonces debían recurrir a un compañero que había pasado por la universidad, quien les traducía lo que decían los envoltorios. Otra fuente de alimento eran los corderos que morían por las minas, los cuales eran asados (sin sal) y constituían un verdadero manjar. Los soldados tenían prohibido el contacto con los isleños, pero en varias oportunidades fueron a un almacén donde lograron gracias a un compañero muy caradura que les vendieran “chocoley” con money “aryentain”. También recurrieron al periodista y corresponsal Nicolás Kasanzew, a quien le daban dinero y el les hacía las compras, “de onda”.
Mientras duraba la guerra ellos no tenían información de lo que estaba sucediendo, pero cuando empezó el ataque masivo del 12 de Junio creyeron que el final estaba cerca. Relata que estuvieron dos días en las trincheras en los que pensaron que iban a morir, porque el espectáculo del fuego enemigo y propio era aterrador y que solo les quedaba rezar.
En la mañana del 14 en medio del silencio reinante un sargento de apellido Aguilar les dijo que se tranquilizaran, que la guerra había terminado porque Argentina se había rendido. Como no le creyeron subieron hasta una altura desde donde se veía la ciudad y al observar que en la casa del gobernador flameaba una enorme bandera inglesa se abrazaron con sus compañeros y lloraron, con una mezcla de dolor e impotencia. Y mayor fue la angustia que sintieron cuando vieron pasar los unimog atestados con los cuerpos de los argentinos muertos por el fuego inglés.
Cuando Alberto recuerda la rendición no denota odio hacia el enemigo, del cual reconoce que recibieron un trato correcto y que a los ingleses se los veía muy profesionales. Si expresa en todo momento la indignación que siente hasta hoy por la incapacidad de sus superiores, porque es incomprensible que hayan pasado hambre y frío cuando sobraban elementos. Además, afirma que la decisión de rendirse de Gral. Menéndez evitó muchas muertes innecesarias.
Fue trasladado en el buque hospital Bahía Paraíso hasta el continente y luego en avión hasta El Palomar, adonde arribaron el sábado 19 de Junio. Allí creyó como todos que por fin volvería a casa, pero los llevaron a la escuela Sargento Cabral donde les dieron comida en exceso porque “(…) querían engordarnos como pavos para que nuestras familias no nos vieran que habíamos vuelto flacos como esqueletos”. Allí permanecieron hasta el martes 24 de Junio cuando exigieron irse y prácticamente se escaparon empujando el portón de la entrada y a los oficiales que quisieron detenerlos.
El viaje a casa, con la ropa con que habían salido ochenta y un días antes lo hicieron sin un peso, subiendo a los micros, al subte o al tren diciendo que eran combatientes y así se fueron separando, en medio de fuertes abrazos donde se juramentaban volverse a reunir. La llegada al hogar la recuerda como algo muy fuerte, con su familia unida en un abrazo interminable.
Desde hace unos meses decidió que Urdinarrain era un buen lugar para que crezcan sus hijas Nadia y Rocío. Acepta que contemos su historia y también accedió ayer por la noche visitar el Colegio, donde tímidamente se presentó ante los alumnos del nocturno y del Centro de Estudiantes, aunque después empezó a hablar y durante una hora y media recuerda la historia de la guerra, sin esforzarse, porque sabe y siente que con sus compañeros fueron parte de ella.-
Colaboración Mónica Feyt y Ariel Martínez





domingo, 24 de marzo de 2019

Nuestro proceso: El golpe de 1976 en Urdinarrain


¿Cuánto cambió en Urdinarrain la vida de sus habitantes aquel 24 de Marzo del ’76? Resulta complejo evaluarlo más de tres décadas después. Muchos de los entrevistados dicen no recordar, como si un mecanismo, perverso o benévolo, hubiese eliminado ciertos archivos y entonces esta parte de la historia aparece vacía.
No fue fácil investigar, ni analizar, ni escribir esto. Pero sentimos estar en deuda con la sociedad y entonces acá va este esbozo de los acontecimientos, a cuenta de la historia inconclusa de nuestro Urdinarrain.
La tarde del 24 de Marzo una comisión militar llegó hasta el municipio y se reunió con el intendente. Allí le explicaron que ellos tenían buenas referencias de su persona, que sabían que era un buen administrador, por lo cual le manifestaron que su deseo era que continuara en el cargo. El doctor Armando Zeroli aceptó, convirtiéndose en el primer intendente del Proceso de Reorganización Nacional.
Sus antiguos empleados recuerdan que no hubo cambios en el gobierno municipal y que el intendente tuvo una buena relación con el gobierno militar. E incluso su secretario, Rubén Ronconi cree que si Zeroli no hubiera tenido que renunciar, hubiese continuado su gestión sin problemas. No quiere referirse al motivo de la renuncia, como tampoco lo quieren hacer los demás entrevistados.
¿Por qué renunció Zeroli? Todas las versiones que recibimos, sin micrófonos, cuentan algo que entonces fue vox pópuli: habían detectado ciertas irregularidades en el IOSPER, que consistían en la firma de órdenes para medicamentos y que luego se usaban para cosméticos y perfumerías. Y aunque entonces era una práctica habitual, le habrían dicho que renunciara ante la posibilidad de verse sumariado. Y entonces dimitió. Como anécdota cabe recordar que cuando se escribió “Identidad” hubo cierta presión para omitir este período.
Y así continuó la vida del pueblo, hasta que tres meses después y luego de varias candidaturas propuestas a los militares, fue designado intendente por segunda vez por un gobierno de facto Roque Pesce.
Sus hijos han sido constantes en reclamar que no se reconoce a don Roque haber sido quien le cambió la cara a este pueblo, algo en que todos sus ex colaboradores coinciden. “Pesce puso orden, modernizó la administración, impulsó el asfaltado de calles, la construcción de veredas y amplió la planta del personal, entre otras tantas cosas”, aunque también se ponen de acuerdo para afirmar que para el segundo mandato no puso el mismo empeño y delegó en el secretario Ronconi el manejo de la administración. Este intendente se caracterizó por la puntualidad, por el orden, por cumplir con todas las directivas que le llegaban, aunque no siempre actuó de la misma forma. Así por ejemplo cuando los militares le pidieron colaboración para rastrear a un posible refugio de la guerrilla en un campo de la zona se ocupó personalmente de buscar información, pero cuando supo que otros investigados eran un grupo de docentes, le confesó a alguien que él mismo había persuadido a los represores de la intrascendencia de la reunión que habían celebrado en la Biblioteca Popular. A los sospechados todavía les intriga saber quién fue el que informó de esta reunión y como sabían exactamente que había dicho cada uno.
Nuestro pueblo no fue ajeno a los informes de posibles actividades subversivas y hubo algunos allanamientos, durante la noche y en pleno centro, pero ninguno tuvo la espectacularidad del que realizaron en el Boulevard Rivadavia, a la siesta, que incluyó manzanas rodeadas, una caminata de los aguerridos militares por los techos y la toma de una vivienda cercana donde tenían un transmisor de radio aficionado, todo para asustar a un matrimonio mayor y provocar un inolvidable desorden en su hogar.
Muchos recuerdan la figura del comisario durante parte de la dictadura, Juan Carlos Mondragón, el cual pese a mostrar su veta artística en cada asado donde lo invitaban, supo cumplir con las premisas impuestas por la dictadura y nunca asistió a los lugares donde sabía que existía juego clandestino. Tal vez la acción del comisario cantor que más perdure en la memoria del pueblo fue cuando durante un carnaval hizo detener a la “Vaca del corso” por haberle faltado el respeto a una señora y los pobres infelices tuvieron que pagar su falta durante tres días, cortando pasto con el traje puesto.
Cuando en Abril del 83′ a don Roque le llegó el momento de jubilarse ya no había tantos candidatos para sucederlo y así el elegido por los militares fue Eduardo Ronconi, quien gobernó hasta diciembre y le entregó el mando a Altinier. Don Héctor tuvo la presión de decidir quien ocuparía el cargo de Secretario, y es así que fue desplazado Rubén Ronconi, quien confiesa haberse sentido perseguido por algunos concejales y se ríe cuando recuerda que lo acusaban de haber comprado 700 hectáreas con la plata del pueblo. Si bien dice no tener nada que ocultar, no comprende por qué se tiraron tantas fotos y se abandonaron obras que estaban bien encaminadas.
A nosotros nos sorprenden los nombres que se barajaron para el cargo de intendente, la larga lista de quienes colaboraron con el gobierno de facto, muchos de los cuales después se volcaron a trabajar en los partidos políticos, como si nada hubiera pasado. Pero pasaron cosas y es bueno recordarlas, porque un pueblo sin memoria no puede construir su verdadera identidad.
El “algo habrán hecho” o “por algo se los llevaron” también tuvo sus actores locales, con ciertos nombres que no están claros si fueron víctimas o victimarios. Hubo sí, dos historias de dos hijos de Urdinarrain, que accedieron a que contemos una parte de lo vivido en aquellos años:
Alicia Ferrer vivía en Paraná, era estudiante de Trabajo Social, trabajaba en el hospital San Martín, además de militar en la JP y en el gremio de la salud ATSA. Cuando fue secuestrada, en 1977 estaba casada con Carlos y embarazada de meses. La encapucharon y la trasladaron en el baúl de un auto hasta los cuarteles del ejército y luego a la unidad penal de Paraná. Allí fue sometida a todo tipo de torturas psicológicas y al mes de estar detenida perdió su embarazo. A pesar del paso de los años y de estar disfrutando de la vida y la compañía de sus hijos, se emociona al recordar la lucha y el sacrificio de sus padres para viajar a verla, y sobre todo las vejaciones sufridas por su madre durante las requisas. También rememora el momento en que estuvo internada y los castigos que sufrieron sus compañeros del hospital cuando se corrió la versión de que éstos estaban organizando su liberación.
Alicia, luego de la parodia de juicio que era el Consejo de Guerra fue trasladada a Devoto y allí permaneció detenida hasta su liberación en 1983. Su relato no denota odio y se ríe cuando nos cuenta de todo lo que la acusaron, de cómo necesitaban mostrar culpables ante la sociedad. Sin embargo, a pesar de todo no lograron quebrarla y sigue trabajando, con las mismas ganas de cambiar el mundo.
Néstor Praderio era médico y se desempeñaba en el Policlínico San Martín de la Plata, donde fue secuestrado. Mabel, su esposa que estaba embarazada y el resto de su familia, no supieron nada de él, hasta que llegó la llamada salvadora: un hombre que dijo haber compartido el calabozo con Néstor los citó en Luján para el domingo siguiente. El temor y la incertidumbre invadió a su familia de Urdinarrain, pero sus padres, su esposa y su cuñado viajaron al encuentro, arribando a la basílica en medio de una lluvia que le daba un aspecto más tenebroso a la cita.
El desconocido cumplió y se acercó al Valiant, les dijo que Néstor estaba detenido en la comisaría de Lanús, que fueran a preguntar por él y que le llevaran cigarrillos Particulares verdes si su mujer había dado a luz a un varón o rojos si era mujer, porque esto sería una señal para que él supiera que su familia estaba al tanto de su paradero. Así lo hicieron y esto fue el comienzo de una larga lucha de sus familiares, hasta que lograron su liberación. Y entonces partió con su mujer y su hija a Estados Unidos.
Si bien volvió a Urdinarrain varias veces e incluso pudo saludar y agradecer a quien le salvó la vida (la casualidad hizo que aquél hombre viviera un tiempo en nuestra ciudad), Néstor se radicó en USA, donde continuó sus estudios en la Universidad de Yale especializándose en psiquiatría y neurología, se desempeñó además como profesor universitario. A través de un mail nos dice que su esposa sufrió por la indiferencia de la sociedad a los familiares de las víctimas y también cuenta del orgullo que siente por su hija, médica ginecóloga, aquella niña que nació durante su cautiverio. No cree haber sido un mártir, sino parte de una etapa de nuestra historia y opina que es necesario que nuestra juventud la conozca, para poder construir un futuro mejor.
Colaboración: Profesores Mónica Feyt y Ariel Martínez

domingo, 18 de noviembre de 2018

TRAGEDIA ARA SAN JUAN | El Gobierno quería ocultar el hallazgo y la empresa dijo que lo anunciaban ellos o la Casa Rosada.

MAR DEL PLATA (TV Mundus) Por Daniel do Campo Spada.- La empresa Ocean Infinity halló el submarino hace una semana y el gobierno de Mauricio Macri le pidió que no se anuncie. El hallazgo de la nave demostrará que fue hundido por un proyectil de una nave de Estados Unidos como consecuencia de las maniobras ilegales que realizaban en el Atlántico Sur a espaldas del Congreso que las había prohibido y a sabiendas del Poder Ejecutivo.
Hace unos días, a pesar del aniversario del hundimiento en noviembre de 2017, el Ministro de Defensa Oscar Aguad había comenzado a barajar excusas administrativas por la suspensión “de la primera etapa de búsqueda” que teóricamente reanudarían “por falta de presupuesto” en abril del año 2019. La Casa Rosada quería ganar tiempo.
La empresa Ocean Infinity no pudo ocultarle a los familiares que habían hallado al submarino, por lo que temían el escándalo internacional que terminaría con su prestigio de infalibilidad en las búsquedas. Aparentemente los rusos también lo habían hallado, pero un pedido especial de Macri a su colega Vladimir Putin frenó el anuncio. De hecho, el punto exacto fue encontrado oportunamente por las naves de Moscú.
Macri intentó incluso la intervención del titular del régimen norteamericano, pero Donald Trump no lo atendió esgrimiendo que tiene problemas más importantes. Las gestiones ante la Casa Blanca fueron inútiles. Por eso, ante el peligro de que la información se filtrara primero por el ámbito privado en la madrugada la Armada Argentina decidió difundirlo por Twitter.