En los próximos días se presentará,
mediante el mecanismo de iniciativa popular, un Proyecto de Ordenanza para que
nuestro Municipio de Urdinarrain, a través del Honorable Concejo Deliberante,
adhiera a la LEY MICAELA DE CAPACITACIÓN OBLIGATORIA EN GÉNERO (Ley Nacional N°
27.499). A continuación, se responderán las principales inquietudes de esta
iniciativa ciudadana.
1. ¿Qué es la
iniciativa popular?
Es un mecanismo democrático a través del
cual las personas pueden presentar proyectos de Ley u Ordenanzas sin ser legisladores
o concejales, debiendo cumplimentar una serie de requisitos.
En Entre Ríos se exige el aval del tres
por ciento (3 %) de los ciudadanos con derecho a voto, inscriptos en el último
padrón electoral del Municipio.
En Urdinarrain el padrón está compuesto
actualmente por 8.259 personas. En este sentido, son necesarias 248 firmas para
presentar un Proyecto de Ordenanza a través del mecanismo de iniciativa popular.
Este aval consiste en completar los
datos (nombre, apellido, domicilio y D.N.I.) y suscribir una planilla que se
encuentra en el Juzgado de Paz de Urdinarrain.
2. ¿Cuántas veces se
presentó una Iniciativa Popular en nuestra ciudad?
La primera vez en la historia de la
ciudad de Urdinarrain en que se presente una iniciativa popular será con el
objetivo que nuestra Municipalidad adhiera a la Ley Micaela; a los efectos que todas
las personas que se desempeñan en la función pública en todos sus niveles y
jerarquías de este Municipio reciban capacitaciones en temas de género y
violencia contra las mujeres.
3. Ante la
presentación de la Iniciativa Popular, ¿cómo deben proceder nuestros
representantes?
De conformidad con el Art. 163 de la Ley
Provincial Orgánica de Municipios (N° 10.027), una vez presentada la Iniciativa
Popular, la autoridad municipal debe brindarle inmediata publicidad. Asimismo,
el Proyecto de Ordenanza presentado debe ser anunciado en la primera sesión
ordinaria del Honorable Concejo Deliberante que se realice. Posteriormente, el
Proyecto de Ordenanza pasa, sin más trámite, a la comisión correspondiente. El
Concejo Deliberante tiene un plazo de seis (6) meses contados a partir de la
presentación formal para darle tratamiento al Proyecto.
4. ¿En qué consiste
la Ley Micaela?
La Ley Micaela exige que todas las
personas que trabajan en los tres poderes del Estado Nacional reciban capacitaciones
permanentes en temas de género y violencia contra las mujeres.
Su objetivo es capacitar y sensibilizar
a quienes integran los diferentes estamentos del Estado a los fines de dar
cumplimiento a un deber que asumió nuestro país al firmar la Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la
Mujer.
La Ley se llama Micaela por Micaela
García, una joven de 21 años que fue asesinada en Gualeguay (Entre Ríos) por un
hombre que tenía antecedentes penales por violación.
5. ¿Cómo se llevan
adelante las capacitaciones?
Los organismos públicos pueden hacer
adaptaciones de materiales o programas existentes o desarrollar un programa
propio. Deben cumplir la normativa, las recomendaciones y otras disposiciones
de los organismos que controlan el cumplimiento de las convenciones
internacionales sobre género y violencia contra las mujeres firmadas por
Argentina.
El Instituto Nacional de las Mujeres
debe certificar la calidad de las capacitaciones que elabore cada organismo.
Dentro de los seis (6) meses siguientes
a la entrada en vigencia de la Ley, los organismos deben enviar al Instituto
Nacional de las Mujeres su plan de capacitación. El Instituto Nacional de las
Mujeres puede hacer modificaciones y sugerencias sobre los respectivos
programas.
Finalmente, si un organismo no tiene un
programa para cumplir con las capacitaciones debe utilizar aquellos que sean
diseñados por el Instituto Nacional de las Mujeres.
6. ¿Qué alcance
tiene la Ley Micaela?
La Ley Nacional N° 27.499 prevé la
capacitación en los tres poderes del Estado nacional (Ejecutivo, Legislativo y
Judicial), pudiendo las provincias y los municipios adherir, sancionando sus
respectivas normas jurídicas.
Esto se debe a que las Provincias son
autónomas, no soberanas; pueden adherir o no, ya que conservan todo el poder no
delegado mediante la Constitución Nacional al Gobierno Federal.
Los Municipios de la Provincia de Entre
Ríos también son autónomos. Pueden adherir a la Ley referida mediante una
Ordenanza, para que todas las personas que se desempeñan en la función pública
en todos sus niveles y jerarquías del Municipio se capaciten obligatoriamente
en género.
7. ¿Por qué es
necesario que nuestro Municipio de Urdinarrain adhiera a la Ley Micaela?
Nuestro país ha dado un salto de calidad
en materia legislativa al sancionar la Ley Micaela. Si bien el Poder Judicial
de la Provincia de Entre Ríos ha comenzado con las capacitaciones en materia de
género y violencia contra la mujer, lo cierto es que la legislatura de nuestra
Provincia aún no ha sancionado ninguna norma al respecto, lo cual es
cuestionable si se compara con las experiencias de otras provincias que sí lo
han hecho, y no olvidando que el caso Micaela García sucedió en Entre Ríos.
En Argentina las cifras y estadísticas sobre
violencia de género son alarmantes. Lamentablemente, Urdinarrain no está ajena
a este flagelo. El Estado Municipal no ha elaborado una base de datos sobre
esta problemática a fin de definir políticas públicas serias a largo plazo; sin
embargo, es responsabilidad y competencia del Municipio dar cumplimiento a los
tratados que Argentina ratificó y también al Art. 17 de la Constitución de Entre
Ríos, el cual reza: “…Una política de
Estado prevendrá en forma continua todo tipo de violencia y dispondrá acciones
positivas para corregir cualquier desigualdad de género…”.
Un detalle no menor es que la aplicación
de estas políticas de prevención que, entre otras cosas, generen capacitaciones
constantes para resolver y contribuir a reducir la problemática de violencia de
género en todos los ámbitos de la ciudad no puede ser resuelta desde el Área de
Niñez, Adolescencia y Familia (A.N.A.F.), ya que excede la competencia de dicha
oficina.
En tal sentido, sería propicio que en Urdinarrain
exista un Área de la Mujer, que además de brindar asistencia integral en
situaciones de violencias de género o discriminación, acompañamiento, asesoramiento
jurídico y psicológico gratuito y especializado, sea la encargada de llevar
adelante las capacitaciones correspondientes, siempre con la certificación de
la calidad de las mismas por el organismo competente. Para la creación del Área
de la Mujer, al igual que con la adhesión a la Ley Micaela, es menester la
voluntad política.
Es necesario entender que la única forma
de mejorar la realidad es asumiendo el compromiso con esta clase de
iniciativas; más aún, cuando no todos nuestros representantes le dan relevancia
a estas problemáticas. Por ello, te invitamos a ser parte de este Proyecto de
adhesión a la Ley Micaela, completando tus datos en el Juzgado de Paz de
Urdinarrain, de lunes a viernes, de 7 a 13 hs.-
Atte. Prof. Mónica D. Feyt.-
«Si vos o alguien que conoces vive alguna
situación de violencia, llama gratis al 144 o busca algún centro de atención
cercano»